Información que debe publicar permanentemente el Instituto
1. Sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima
en materia de transparencia y rendición de cuentas, el Instituto estará obligado a contar con un portal de internet, a través
del cual publicará la información que más adelante se detalla, independientemente de que el Consejo Directivo o esta
Ley, resuelva publicar a través de otros medios que juzgue convenientes: